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El Gobierno aprueba modificaciones en la revisión excepcional de precios en los contratos de obras públicas

El Consejo de Ministros ha aprobado ayer un Real Decreto-ley de medidas de sostenibilidad económica, con el que introduce modificaciones en el Real Decreto-ley 3/2022 de 1 de marzo relativas a la revisión excepcional de precios en los contratos de obras públicas.

El Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, que ha entrado en vigor hoy con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se aprueba en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania e incluye modificaciones en el reconocimiento de la revisión excepcional de precios en los contratos de obras públicas.

De afectación al sector de la pavimentación asfáltica que representa ASEFMA cabe destacar dos puntos. En primer lugar, se suprime el apartado cuarto del artículo 6 del Real Decreto-ley 3/2022, añadido por la disposición final 37.1 y 2 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, que establecía la no aplicación de la revisión excepcional de precios en los contratos de obras a las entidades del sector público que operen en sectores regulados cuyo régimen de inversiones se hubiera cerrado en los último 9 meses.

En segundo lugar, se modifica el artículo 7 relativo al reconocimiento de la revisión excepcional de precios. En dicho artículo se amplía el ámbito de aplicación a los contratos con una duración de cuatro meses o más y se establece que en el caso de contratos de duración inferior a los doce meses el incremento del coste se calculará sobre la totalidad de los importes del contrato certificados.

La aplicación de la nueva redacción de los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, podrá aplicarse a las reclamaciones formuladas bajo la vigencia de la redacción anterior que estén pendientes de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto Ley.

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